viernes, 21 de marzo de 2014

LA ANTI POLÍTICA MINERA DEL EVISMO.



El  13 de julio de 2007, se promulgó el D.S. Nro 29117, que como el primera parágrafo de su Considerando, decía que el objetivo era establecer que los recursos existentes en el suelo y el subsuelo, eran de dominio originario del Estado y que por tal motivo, como propietarios de la riqueza minera, el Estado debería de beneficiarse en mayor grado del trabajo minero. Aunque el Considerando no lo dice; el objeto por el que el indicado decreto dispuso la prohibición del otorgamiento de nuevas concesiones mineras,  en los marcos del Código Minero 1777, llamado también código Sánchez de Lozada o Código Neoliberal, estaba destinado a cortar el vicio inconstitucional de entregar con la concesión minera, el derecho de propiedad sobre la misma a los concesionarios mineros, quienes a partir del momento de la dictación de la Resolución Constitutiva, se hacían propietarios de las riquezas mineras existentes dentro de los límites de su concesión, adquiriendo el derecho de registrar este “derecho real”, en los Registros de DD. RR y no solo esto, sino que podía ejercer sobre este “su” derecho, todas las facultades que el Código Civil reconoce a la propiedad privada, es decir, venderla, hipotecarla, transferirla por herencia e incluso, donarla a terceros. 

Como se podrá ver, en el régimen de la Ley 1777, las riquezas mineras no tenían para el Estado, ninguna significación económica y  dentro de la tierra, antes de la intervención del trabajo humano, no tenían eran riqueza técnicamente hablando, sino solo potencialidades y solo se beneficiaban con los ingresos de las regalías y las patentes mineras, obligaciones que no representaban para el Estado sino pequeños ingresos, mientras los operadores mineros, sobre todo los mineros medianos y los cooperativistas,  se enriquecieron de manera notable,  dejando para el Estado, como daño colateral, los daños medioambientales de incalculable gravedad. 

Potosí, rico potencialmente en recursos minerales, languidece en la pobreza y el abandono: las riquezas que han sido creadas por la plata y después por el estaño, han hecho las fortunas de las oligarquías mineras de no hace mucho tiempo atrás y actualmente de muchos mineros medianos que no reinvierten sus ganancias en el rubro, ni en la región, sino que en general, han exportado sus ganancias. Patiño, Hoschild y Aramayo, los famosos Barones del Estaño, no dejaron sino miseria y silicosis. Sus fortunas, estaban en Estados Unidos y Europa. Por eso, el Estado, resolvió suspender la otorgación de nuevas concesiones mineras bajo el régimen señalado e introdujo como una nueva modalidad, por  el D.S. 29164, la suscripción de contratos mineros que se otorgarían en los alcances de la C.P.E. no la propiedad, sino solo “derechos mineros”,  que son indivisible e intransferibles  por la modalidad que sean y especialmente, por sucesión  hereditaria. 

De acuerdo con los principios de las reformas legales, el objeto de establecer los Contratos como una nueva forma de otorgación de derechos mineros, radicababa en establecer paridad en los contratos respecto a las obligaciones y derechos de las partes; por lo que, el Contrato Minero, debía introducir una nueva escala de  obligaciones tributarias, en una escala del 12 al 51% del monto de los ingresos, considerando que esos nuevos montos, estaban justificados porque el Estado, a tiempo de suscribir el Contrato de Arrendamiento Minero, aportaba con los recursos minerales y que el arrendatario, por su parte, portaba hasta el 49% con su capital de operaciones y que por tal motivo, era justo que cada quien perciba en ingresos, conforme a sus aportes. Con el correr del tiempo y las negociaciones del gobierno de Evo Morales con los mineros, sobre todo los cooperativistas mineros, (de los cuales solo cerca del 10 al 15% son socios cooperativistas, actualmente llamados “contratistas”  y el resto del 75 a 80 % son maquipuras  sujetos a contrato por avance, sin el reconocimiento de sus derechos sociales. 

Una reforma a la Ley General de Cooperativa, en el caso de las cooperativas mineras, debe dar los esos esclavos llamados maquipuras a contratos por avance, los mismos derechos que los socios, con igual derechos que los Empresarios Mineros Cooperativistas, muchos de los cuales, no pisan la mina y tiene sus actividades de diversa índole, en las ciudades intermedias sino en las capitales de departamento) por eso el Estado, redujo sus pretensiones y acepto que los cooperativistas, aportaran solo el 1% de sus ingresos, con lo que la intención de mejorar los ingresos del Estado, en iguales condiciones como se mejoraron los ingresos con relación a la llamada “nacionalización” de los hidrocarburos, gracias a los cuales, el Estado multiplicó sus ingresos por conceptos de impuestos y regalías, se vieron frustrados debido a la política de prebendalización del Poder de Evo Morales, con el objeto de garantizar su permanencia en el Poder.  Debido a intereses político-partidarios, considerando que los cooperativistas mineros, supuestamente cuentan con cerca de 150 mil socios y por cálculos políticos, el Gobierno comenzó a hacer graciosas concesiones a los cooperativistas, entre las cuales, la donación de vehículos,  inmuebles, la transferencia de activos de la COMIBOL  a título gratuito,  la donación de ingenios mineros y  maquinaria, y sobre todo, la otorgación de las áreas de la minería nacionalizada que de acuerdo con la Ley de Nacionalización de Minas de 1956 y la Ley 3719, estaban bajo la administración de la COMIBOL, con el ejercicio de las facultades que le reconocía en todo el proceso de la cadena productiva minera, tenía la obligación de trabajarlas directamente o bajo la froma de contratos de riesgo compartido. Con esto, es decir con el D.S. Nro 29117, el Gobierno de Evo Morales, en otra de las manifestaciones de su estratega gatopardista,  suprimió la otorgación de concesiones y las convirtió en Contratos, sin otra limitación que las restricciones constitucionales de las que hemos hablado, es decir, “strictu sensu” que cambiaron las cosas para que nada cambie.

No puede pasarse por alto que las negociaciones del gobierno con las Cooperativas Mineras, por la que estas se comprometen a pagar como una concesión,  “directamente” al TGN el 1% de su producto bruto, causa un importante daño económico al Estado y desnaturaliza, por conveniencias prebendales, el objeto de las normas dictadas en 2007 y solo terminó creando una nueva e ineficiente burocracia en la Autoridad General de Minas, puesto que en principio COMIBOL que era el administrador del régimen de contratos, por falta de capacidad y experiencia, solo alcanzó a crear cuellos de botella en los trámites que se hicieron más burocráticos,  hecho que les obligó a la creación de una nueva instancia especializada dependiente  de la Autoridad General de Minas, que echa por la borda las autonomías regionales,  encarece innecesariamente los trámites mineros y obliga a los mineros artesanales, a hacer largas peregrinaciones a La Paz para empujar sus trámites de contrato minero. Como consecuencia de eso, las Autoridades Regionales que Minas, que hasta antes del D.S. 29117, administraban la suscripción de concesiones mineras, fueron reducidas a la de instancias Jurisdiccionales Administrativas que tienen por objeto conocer y resolver contingencias entre operadores mineros y nada más, desaprovechando su experiencia e instalaciones adecuadas ubicadas en las regiones mineras más importantes del país.


Las negociaciones con los cooperativistas, que frenaron la aprobación de la Nueva Ley de Minería, desde 2007, no ha tenido otro objeto que el de doblar el codo al gobierno para que admita, como una gran concesión, el pago solo del 1% del producto bruto de las cooperativas, con el grave daño en contra del Estado, que por esta maniobra prebendal, dejará de percibir, aproximadamente el 90% en proporción de los ingresos que percibe por los ingresos de la minería chica y  mediana. Como se podrá evidenciar, este hecho, causa daño económico en contra del Estado y debe merecer una investigación por parte de la Contraloría y del propio  Órgano Legislativo. Los cooperativistas mineros, tienen una fuerte cuota de Poder, no solo en el órgano Legislativo, sino en toda la administración pública, de tal suerte que, desde dentro del Poder, estos sujetos llevan a cabo su trabajo extorción  para lograr condiciones de trabajo de las que no goza el resto del sector minero, tal como lo hicieron en el banzerato, con García Meza,  y con Sánchez de Lozada, extorsionando al gobierno con sus votos en contra si atenta en contra de sus privilegios. Desde le doctrina, siempre hemos sostenido que las llamadas “organizaciones sociales”, no tienen consistencia ideológica y por ello mismo, solo tienen como referentes, sus propios objetivos inmediatistas, logrados los cuales,  buscan nuevos entornos a fin de materializar sus nuevos intereses o por lo menos, consolidar sus viejos intereses. De ahpi proviene su naturaleza conservadora y reaccionaria. Por eso, políticamente, han servido al banzerato, como podrían servir a cualquier otra oposición de derecha, incluso en contra el MAS del que tanto se han beneficiado.


Por otro lado, el privilegio que pretende otorgarles la Nueva Ley de Minería y que posibilitaría a las Cooperativas Mineras la firma de contratos mixtos con inversionistas, no solo atenta en contra de la C.P.E. en su Art. 349 I, porque transfiere un atributo del derecho de propiedad originaria que por ahora conserva el Estado y  que le permite administrar los recursos naturales, a las cooperativas mineras, que de hecho, se convertirán en los nuevos “cazaminas” que se dedicarán a hacer contratos de arrendamiento sobre áreas prospectadas de la COMIBOL (Porque las Cooperativas NUNCA HAN EXPLORADO NI DESCUBIERTO MINAS NUEVAS) y que supuestamente deberían estar sujetos a la administración de la COMIBOL en todo el ciclo productivo, es decir, desde la exploración, prospección, la explotación, refinamiento y comercialización de los recursos mineros, para a su vez, negociarlo con los grandes inversionistas que de manera colateral, se beneficiaran con el privilegio del aporte miserable que hacen los cooperativistas (del 1% en calidad de obligaciones tributarias), es decir, que verán acrecentados sus ingresos, en clara ventaja a los mineros artesanales, los mineros medianos los que pagan aproximadamente el 12 al 18% y más de sus rentas brutas. De esta manera, también, estarían liquidando el “carácter social” de las cooperativas mineras, ya desde mucho tiempo antes, desnaturalizadas. 
   
Si se permitirse este privilegio, los cooperativistas, convertidos en Empresarios Mineros, podrán, a título de contratos mixtos de inversiones,  permitir la imposición de condiciones de los financiadores que podrán, de esta manera, destruir lo que queda de  la naturaleza social de las cooperativas, para obtener mejores réditos, incluso con la contratación de su propio personal de obreros mineros e imponer sus propias condiciones de trabajo y explotación.  Los cooperativistas mineros deben pagar las mismas tasas de regalías e impuestos que paga el resto de los operadores mineros. Por otro lado, el Estado no puede otorgar más contratos mineros a las cooperativas mineras, en áreas de la minería nacionalizada y aquellas áreas que han sido prospectadas con inversiones del Estado, deben ser explotadas por la COMIBOL, con participación de inversionistas privado, si el caso aconseje. Las obligaciones de los mineros en estos casos, no deben ser inferiores al 50% del ingreso bruto por  la explotación de los recursos mineros, para recuperar la soberanía sobre nuestros recursos naturales.


El gobierno del MAS ha mostrado que ya no puede hacer nada en beneficio del país. El famoso experimento fallido del litio en el Salar de Uyuni, o la otorgación de derechos a avasalladores en importantes minas, la otorgación de áreas propias del sector de la minería nacionalizada a los cooperativistas, el abandono del proyecto minero metalúrgico del Mutún, muestran que ha abandonado hace tiempo el camino de la industrialización y el desarrollo del país y se ha reducido a malbaratar los ingresos provenientes de la venta de nuestros naturales, a fin de satisfacer sus objetivos electoralistas.


Dr. JUAN GARCÍA BARAÑADO

COMITÉ DE RECONSTRUCCIÓN DEL PARTIDO COMUNISTA DE BOLIVIA

La Paz, 17 de marzo de 2014.

  

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